¡Multas aceite usado!
¡OJO CON LAS PERDIDAS DE ACEITE!
Fuerte crecimiento de sanciones por parte de la administración ante cualquier tipo de vertido incontrolado, así como la inexistencia de equipos específicos para su almacenaje y recuperación. Normativa en vigor: Real Decreto 679/2006 sobre vertidos de aceite usado no controlados.
TENEMOS LA SOLUCIÓN
Consúltanos y explicanos que problemas similares te surgen en tu negocio. En una breve charla podremos detectar los puntos débiles y las soluciones más adecuadas para solventarlos.
1- Cubetos específicos anti-vertidos
Disponemos de un amplio catálogo con múltiples opciones que seguro que se adaptan a tus necesidades.
Somos fabricantes desde hace más de 30 años de equipos especializados en gestión y almacenaje de fluidos como aceite usado, anticongelante, taladrinas, aditivos… Nuestro equipo técnico experimentado podrá asesorarle para tomar la decisión más correcta.
2- Bandejas de recuperacion y filtraje
Amplio catálogo de soluciones individuales o agrupadas dependiendo de la distribución de los puntos de recogida de aceite. Te ofrecemos desde un equipo básico de recogida de aceite usado en pared y depósito en el mismo lugar, como una instalación centralizada gestionada electrónicamente con varios puntos de recogida y almacenaje.
Puntos importantes de la normativa
La utilización de aceites industriales o lubricantes en equipamientos tan ligados a nuestra vida cotidiana como la maquinaria industrial, los vehículos de automoción o los sistemas hidráulicos de transmisión, por citar algunos de los ejemplos más significativos, lleva lamentablemente aparejada la generación de aceites usados y hace, por tanto, necesario establecer medidas para reducir al mínimo posible la producción de estos residuos peligrosos y fomentar que los que se generen se gestionen mediante las alternativas que garanticen un mayor grado de protección del medio ambiente y de la salud de las personas
Artículo 5. Obligaciones en relación con el almacenamiento y tratamiento de aceites usados.
1. Los productores de aceites usados deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Almacenar los aceites usados en condiciones adecuadas, evitando especialmente las mezclas con agua o con otros residuos no oleaginosos; se evitarán también sus mezclas con otros residuos oleaginosos si con ello se dificulta su correcta gestión.
b) Disponer de instalaciones que permitan la conservación de los aceites usados hasta su recogida y que sean accesibles a los vehículos encargados para ello.
c) Evitar que los depósitos de aceites usados, incluidos los subterráneos, tengan efectos nocivos sobre el suelo.
2. Con carácter general, quedan prohibidas las siguientes actuaciones:
a) Todo vertido de aceites usados en aguas superficiales o subterráneas, en cualquier zona del mar territorial y en los sistemas de alcantarillado o de evacuación de aguas residuales.
b) Todo vertido de aceite usado, o de los residuos derivados de su tratamiento, sobre el suelo.
c) Todo tratamiento de aceite usado que provoque una contaminación atmosférica superior al nivel establecido en la legislación sobre protección del ambiente atmosférico.